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La Dirección General de Tráfico prohibirá los detectores de radar
- Jue, 06/17/2010 - 05:50
El director general de Tráfico, Pere Navarro, anunció ayer que "todos los dispositivos detectores de radares de velocidad serán prohibidos". Así lo dijo durante la inauguración de las VI Jornadas de Educación Vial de la Comunidad de Madrid, celebradas en Getafe.
Navarro se ha pronunciado después de que el subdirector adjunto de Normativa y Recursos de la DGT, Javier Villalba, dijera que estos aparatos se encuentran en "un limbo jurídico" y que la nueva Ley de Tráfico, que entró en vigor el pasado 25 de mayo, no prohíbe su uso y sí el de los inhibidores de radares, que son los específicamente citados en la norma. Hasta este cambio legal, los conductores que usaban un detector sí eran multados.
De hecho, el propio Navarro había utilizado días atrás esas mismas palabras para referirse a estos aparatos, y aseguraba que, aunque estaban permitidos, usarlos era "chungo". El aviso recuerda a lo que ocurrió con los navegadores. Tráfico empezó a avisar desde finales de 2007 que los había puesto en el punto de mira y, finalmente, han sido prohibidos en la nueva norma.
Por otra parte, preguntado sobre si se ha habido una disminución de las multas de la Guardia Civil a consecuencia de una supuesta huelga de "bolis caídos" en protesta por recortes salariales, Navarro dijo que sólo "es algo circunstancial".
Las sanciones por tirar colillas en la playa llegarán hasta los 3.000 euros
- Lun, 06/14/2010 - 05:54
La nueva ordenanza de playas, que se aprobará después del verano, retirará de su articulado la prohibición de fumar pero endurecerá las multas para evitar que los fumadores dejen o tiren las colillas en la arena, según el concejal de Medio Ambiente, Antonio Sosa. Así, afirma que "exigiremos el máximo respeto" para la costa
La futura ordenanza de playas de Arona será "muy dura" para evitar daños en el litoral y garantizar su preservación en las mejores condiciones posibles, manifiesta el concejal de Medio Ambiente, Antonio Sosa.
En este sentido, el edil del grupo de gobierno expresa que "la nueva reglamentación, que queremos aprobar después del verano por el Pleno para posteriormente proceder a su entrada en vigor, contempla sanciones elevadas por incumplimientos de la misma. Así, por ejemplo, tirar o dejar colillas en la arena acarreará multas de hasta 3.000 euros".
"Hemos decidido, después del revuelo que se armó, quitar el artículo que prohibía fumar en las playas de Arona. Eso sí, exigiremos el máximo respeto hacia nuestro litoral. Si queremos playas limpias la responsabilidad debe ser de todos", asevera el nacionalista sureño.
Sosa señala que "cuando dijimos en su momento que se prohibiría fumar en nuestros espacios de baño sólo queríamos dar un toque de atención a la población y que se interesase por la ordenanza, ya que en la mayoría de las ocasiones las ordenanzas pasan desapercibidas para el conjunto de la población y sólo el vecino se da cuenta de su existencia cuando es sancionado. No queríamos que con la nueva reglamentación de playa pasara lo mismo debido a los importantes cambios que contendrá la misma".
"Lo que no esperábamos era la tan fuerte reacción social que tuvo, pero creo que el objetivo que se planteó en un principio se logró dado el interés que la futura normativa suscitó en todos los ámbitos", que obligó al alcalde de Arona, José Alberto González Reverón, a dejar sobre la mesa este punto del orden del día en el pleno de abril de 2009, explica el responsable de Medio Ambiente en el ayuntamiento.
Así, manifiesta que "no era intención coartar libertades sino que las colillas contaminan de una forma muy importante la costa y es algo que no podemos tolerar ni permitir en ninguna de las circunstancias, más cuando nuestro municipio es turístico" y las playas aroneras reciben cada año a varias decenas de miles de visitantes.
Reparto de conos
"La conciencia de respeto por el litoral es fundamental para su preservación y en eso estamos trabajando desde el área que dirijo y los actos, tanto de vecinos como de visitantes, deben ser consecuentes con la realidad que nos rodea", argumenta el concejal nacionalista.
Añade que el departamento de Medio Ambiente "está muy comprometido con la preservación de las zonas de baño y de forma periódica repartimos en las playas una serie de conos a las personas fumadoras para que no echen sus colillas en la arena sino en estos cartuchos, para que luego depositen en la papelera más cercana".
Antonio Sosa comenta, de esta manera, que "es más limpio el que menos ensucia", por lo que insta a las personas fumadoras en el litoral que "adopten todas las medidas que sean necesaria para que no dejen sus colillas en la arena".
Penas más duras para terroristas, pederastas y corruptos
- Jue, 06/10/2010 - 06:03
El Senado ha aprobado hoy definitivamente la reforma del Código Penal que tipifica nuevos delitos y agrava las penas
La reforma del Código Penal que el Senado ha aprobado hoy definitivamente tipifica nuevos delitos y agrava las penas para los casos de corrupción y los terroristas y pederastas reincidentes, que además podrán ser sometidos a diversas medidas de control una vez cumplida su condena.
Éstas son las principales novedades del texto que próximamente será publicado por el Boletín Oficial del Estado.
CORRUPCIÓN: La reforma tipifica como delito el soborno entre particulares y aumenta las penas para los cargos públicos condenados por delitos de corrupción -que tendrán siempre condenas de cárcel y no sólo de multa o inhabilitación- y para los urbanísticos, castigando con hasta cuatro años de prisión las obras ilegales y a las autoridades que las amparen.
LIBERTAD VIGILADA: Se establece una serie de medidas de control extraordinarias para terroristas y delincuentes sexuales -especialmente pederastas- que ya hayan cumplido su condena, entre las que se incluye la libertad vigilada de hasta diez años revisable.
Además, se contempla la "imprescriptibilidad" de los asesinatos terroristas, y los pederastas y terroristas condenados a más de cinco años de cárcel no podrán acceder al tercer grado hasta cumplir la mitad de la condena.
PROTECCIÓN DE LOS MENORES: Se endurecen las penas por abusos a menores, que llegarán a los quince años de prisión, y se introduce la posibilidad de privar de la patria potestad a los padres para proteger al menor.
MANTEROS, OKUPAS Y GRAFITEROS: La reforma suprime las penas de prisión para delitos de venta de material audiovisual ilegal cuando el beneficio no supere los 400 euros, pero aumenta el castigo para las "okupaciones" violentas de inmuebles -con condenas de hasta dos años- y los "grafiteros", que podrán ser penados con localización permanente de 2 a 6 días o trabajos en beneficio de la comunidad.
MULTIRREINCIDENCIA: Se endurece el castigo para los hurtos reiterados, de modo que los autores de pequeños robos -de menos de 400 euros- reincidentes podrán ser condenados a penas de cárcel a cumplir durante el fin de semana.
También se contempla la creación de un registro de este tipo de faltas.
DELITOS DE TRÁFICO: Superar la velocidad permitida en 60 kilómetros por hora en vías urbanas o en 80 en interurbanas o conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas se castigará con penas de prisión de tres a seis meses, con multa de seis a doce meses o con trabajos en beneficio de la comunidad.
La posibilidad de elegir entre tres penas distintas pretende evitar tanto la masificación de las cárceles por el aumento de los delitos de tráfico como la prescripción de los mismos.
NUEVOS DELITOS: Se tipifican como delito las labores de captación, adoctrinamiento, adiestramiento y cualquier forma de financiación del terrorismo, la piratería marítima y aérea, el acoso laboral e inmobiliario, los sobornos y fraudes en el deporte, los ataques informáticos y el tráfico ilegal de órganos.
Así, apoderarse de un barco o de un avión se castigará con hasta 15 años de prisión, mientras que el acoso laboral o inmobiliario llevará aparejada una pena de hasta tres años de cárcel.
OTRAS NOVEDADES: En materia de medio ambiente, el traslado ilegal de residuos, la explotación de instalaciones en las que se realice una actividad peligrosa y la destrucción o grave alteración del hábitat por la caza o la pesca de especies amenazadas se considerarán delito.
También se refuerza la protección penal a las mujeres y a los "niños soldado" en los conflictos armados, castigando a quienes atenten contra la libertad sexual de una persona protegida o recluten o alisten a menores para participar en esos conflictos.
La Policía Local no puede retirar coches por un error en la nueva Ley de Tráfico
- Mié, 06/09/2010 - 11:40
Un defecto en la redacción de la nueva Ley de Seguridad Vial, que entró en vigor el pasado 25 de mayo, deja a los agentes de la Policía Local sin autoridad para ordenar la retirada de los vehículos mal estacionados. De esta forma, los policías sólo podrán denunciar la infracción (estacionar en doble fila, en zona azul, carga y descarga...), pero no avisar a la grúa para que los retiren. El error no se ha cometido en la redacción del apartado de inmovilizaciones de vehículos
El error se encuentra en el artículo 85, tal y como informó a 20 minutos Juan Antonio Carreras, policía local que dio a conocer el fallo en la Región de Murcia. Este apartado otorga la facultad de avisar a la grúa a la "autoridad encargada de la gestión del tráfico", es decir, a los alcaldes, pero no a los agentes encargados de la vigilancia del tráfico.
Un fallo que, por otro lado, no se ha cometido en la redacción del apartado de inmovilizaciones de vehículos, artículo 83.2. Aquí sí se nombra expresamente a los "agentes de la autoridad". El error del texto también afecta a los agentes de la Guardia Civil, aunque en su caso el fallo fue subsanado desde un primer momento haciendo una modificación en su reglamento, según explicaron fuentes de la Benemérita.
Zaragoza se blinda
El lapsus en el texto de la nueva Ley de Tráfico no afecta a los policías de la provincia de Zaragoza. Allí, la Administración se adelantó a la implantación de la nueva Ley de Seguridad Vial aprobando el 18 de mayo un decreto para que sus agentes pudieran avisar a la grúa. Lo primero que hay que hacer es pagar la tasa de la grúa para poder sacar el vehículo del depósito municipal
Por su parte, la Policía Local de Sevilla explicó a este diario que llevan sin ordenar retiradas de vehículos desde el pasado 25 de mayo. Además, explicó que este miércoles podría estar terminado el decreto que habilite a los agentes llamar a la grúa. "Tenemos constancia de que el Ayuntamiento del pueblo de Lebrija [Sevilla] ya lo tiene", explicaron fuentes de la Administración sevillana.
Ahora bien, ¿qué podemos hacer si la grúa se lleva nuestro vehículo? Según el presidente de la Asociación de Automovilistas Europeos y abogado especializado en temas de tráfico, Mario Arnaldo, lo primero es pagar la tasa de la grúa para poder sacar el vehículo del depósito municipal. Después, y en el plazo de un mes de la retirada del mismo, hay que presentar un recurso alegando que según el artículo 85 de la nueva Ley de Tráfico un agente ha ordenado la retirada del nuestro vehículo sin tener la competencia para ello.
Otra luz de freno para las motos
Dentro de poco, los motoristas podrían estar obligados a instalar una segunda luz de frenado, sincronizada con la obligatoria, en la parte trasera del casco. El Gobierno aceptó este martes estudiar esta propuesta de la Comisión de Seguridad Vial del Congreso. En la actualidad circular con este tipo de cascos está prohibido. El Gobierno también se comprometió a hacer un llamamiento a las operadoras de móvil para que fomenten la implantación del "modo conducción" en los teléfonos.
La aplicación de la nueva ley va a aumentar un 20% la recaudación
- Mar, 05/25/2010 - 06:05
La recaudación por multas de tráfico crecerá un 20% por las modificaciones que introduce la Ley de Seguridad Vial que entrará en vigor mañana, señala la empresa de gestión de multas DVuelta.
Este porcentaje podría elevarse hasta un 50 por ciento en el caso de ayuntamientos en los que, según asegura la empresa, ha crecido en mayor medida la presión sancionadora. DVuelta precisa que el Ayuntamiento de Madrid, que ingresó casi 300 millones de euros por multas en 2009, podría recaudar este año en torno a los 450 millones de euros, casi tanto como la Dirección General de Tráfico (DGT) en todo el país.
En este último caso, señala, con la nueva Ley de Seguridad Vial, la recaudación de la DGT por multas podría acercarse a los 490 millones de euros en los próximos 12 meses, casi un 250 por ciento más que en 2005. Además, critica que los conductores multados que se acojan a la fórmula de pronto pago han de renunciar a defenderse y se convalida automáticamente la pérdida de puntos que conlleve la sanción.
Entra en vigor la nueva de la Ley de Tráfico que alienta el ‘pronto pago’
La reforma de la normativa incrementa del 30 al 50% el descuento de la multa si se abona antes y establece el cobro por vía ejecutiva si ésta no se paga en 30 días
A partir de hoy, cuanto antes se pague una multa más barata le saldrá. Ésta es la filosofía, o al menos una de ellas, de la nueva Ley de Tráfico que comenzó a hacerse efectiva desde la pasada medianoche y que, establece, entre otras novedades, que si un conductor no paga una multa o presenta alegaciones en el plazo de 30 días desde la notificación de la infracción, se iniciará el procedimiento para el cobro de la sanción por la vía ejecutiva.
El Congreso aprobó en noviembre la reforma de la ley del régimen sancionador en materia de tráfico, la más determinantes desde la entrada del carné con puntos, y que tiene como leit-motiv fundamental el pago exprés de las multas. Esto implica una reducción de hasta un 50% del importe de la sanción si se paga en un plazo de 15 a 20 días tras la imposición de la multa. La nueva Ley agiliza la tramitación de la mismas, con un sistema de notificación más rápido que utiliza incluso el correo electrónico o el pago inmediato con tarjeta de crédito.
Otro de los cambios importantes es que la cuantía de las multas se condensan según su gravedad: 100 euros las leves, 200 para las graves y 500 euros para las muy graves. La multa más alta es la de llevar un inhibidor de radar en el vehículo: nada más y nada menos que 6.000 euros. Tráfico, además, para acabar con ese concepto de “hacer caja” que muchos conductores le atribuyen, destinará parte de la recaudación de las multas a ayudar a las víctimas de los accidentes de tráfico aunque el grueso del importe de las multas se destina a la seguridad vial. Lo más novedoso, tal vez, sea que no se retirará el carné de conducir por vía administrativa, sólo al agotar los puntos acumulados o por la decisión de un juez.
La Ley también trae nuevas sanciones como programar el navegador mientras se conduce o estacionar en plazas reservadas para discapacitados. Otro dato curioso es que los talleres podrán desguazar los vehículos abandonados en sus instalaciones si los propietarios no los retiran en un mes.
No restan puntos
La nueva normativa también suaviza otras infracciones que, hasta ayer, sí quitaban puntos, como:
Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50% o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor, salvo que se trate de guaguas urbanas e interurbanas (antes 4 puntos, ahora ninguno).
Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello (antes 4 puntos, ahora ninguno).
Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto para los otros usuarios de la vía (antes 4 puntos, ahora ninguno).
Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o a los peatones en los términos que se determinen (antes 2 puntos, ahora ninguno).
Parar o estacionar en los carriles destinados al transporte público urbano (antes 2 puntos, ahora ninguno).
Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido en el reglamento (antes 2 puntos, ahora ninguno).
Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinen reglamentariamente (2 puntos, ahora ninguno).
Tratamiento policial de los delitos contra la Seguridad Vial
- Mié, 05/19/2010 - 23:05
Estimados lectores. Les presento información sobre el índice del nuevo libro “Tratamiento policial de los delitos contra la Seguridad Vial” de Miguel Ángel Paredes Porro. Saldrá a finales de febrero o marzo de 2010

****NUEVO CODIFICADO DE TRÁFICO MAYO 2010.****
- Mié, 05/19/2010 - 22:56
La nueva Ley de Tráfico quitará el carné a quienes no paguen multas
- Mié, 05/19/2010 - 05:50
El ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, advirtió ayer de que "aquellos que no paguen las multas lo van a tener mucho más complicado" a partir del próximo 25 de mayo, cuando entra en vigor la mayor parte de la última reforma de la Ley de Tráfico.
Durante la rueda de prensa de presentación de esta norma, que se aprobó a finales de 2009, Rubalcaba calificó la reforma de "más fácil, más sencilla y más justa" que la norma que había hasta ahora y subrayó en varias ocasiones que los conductores que quieran pagar "lo podrán hacer más barato", ya que los infractores podrán acogerse al 50 por ciento de descuento si pagan en los primeros 15 días después de haber sido notificados renunciando a hacer alegaciones.
El principal objetivo de la reforma, según indicó Rubalcaba, es conseguir un "carné por puntos lo más eficaz posible", lo que implica reducir el plazo entre que se comete una infracción y se paga la multa, que antes de la reforma oscilaba entre los cinco meses y dos años. Con la reforma, Rubalcaba confía en que este periodo se reduzca como máximo a cinco meses.
Morosos sin escape
Además, la reforma pretende lograr que el 25 por ciento de infractores que actualmente no pagan sus multas, y que son "la gente que más infracciones acumula", no puedan "escaparse" de pagar mediante "farragosos procedimientos administrativos". "Los que quieran pagar la multa, que son la mayoría, lo podrán hacer lo antes posible y además van a ahorrarse dinero", subrayó el ministro.
Entre las principales novedades de la ley, se encuentra la eliminación de la suspensión del carné de conducir como sanción, que actualmente se aplicaba por faltas graves y muy graves. En total, hasta ahora se suspendían alrededor de 100.000 carnés de conducir al año.
Asimismo, se homogeneiza la cuantía de las multas en todas las ciudades de forma que una infracción leve costará 100 euros, una grave 200 euros y una muy grave 500 euros, mientras que hasta ahora cada ayuntamiento podía variar dentro de una franja determinada la cuantía de las sanciones. "Todas las sanciones serán de idéntica cuantía en todos los ayuntamientos", subrayó Rubalcaba.
Por otro lado, se aumenta de uno a cuatro años el plazo de prescripción de sanciones pecuniarias y se destina todo el dinero que se recaude en multas a seguridad vial.







