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Informe
del Coordinador del Sector de la
Local de CC.OO. sobre la sesión 1/08 de la Comisión
de Coordinación de Policías Locales de Canarias,
celebrada
el pasado día 22 de febrero.
Orden del día:
1.
Lectura y aprobación, si procede, del acta
anterior.
2.
Informe sobre el borrador de Orden del Consejero de
Presidencia, Justicia y Seguridad, por la que se establecen los contenidos
mínimos para la homogeneización de los signos externos de
identificación de los Policías Locales de Canarias.
3.
Informe sobre el borrador de Orden del Consejero de
Presidencia, Justicia y Seguridad que desarrolla el Decreto 178/2006, de 5 de
diciembre, por el que se establecen las condiciones básicas de acceso, promoción y movilidad
de los miembros de los Cuerpos de Policía Local de Canarias.
4.
Informes de la Presidencia.
5.
Ruegos y preguntas.
Asistieron a la
Comisión, por CC.OO. Pedro P. Diéguez, Carlos Lemes y Matías Delgado.
_____________________
Punto 1º. Se dio lectura al acta
de la sesión anterior, en la que se trató el Borrador de Ley de
creación del Cuerpo General de Policía Canario (Policía
Autonómica), así como las propuestas de modificación de
los representantes de la FECAM,
de la
Asociación de Jefes de Policía local y de los
Sindicatos con representación en la Comisión,
que fue aprobada por unanimidad. (Nota:
Se aprobó el acta de la sesión, pero no todas las propuestas y
sugerencias presentadas por los miembros de la Comisión,
aunque se aceptaron un porcentaje bastante elevado de sugerencias presentadas
por CC.OO.)
a)
Propuesta conjunta de los sindicatos con
representación en la Comisión, de modificaciones del borrador
de la Orden
que desarrolla el Decreto que regula las Condiciones Básicas de
Acceso, Promoción y Movilidad de los miembros de los Cuerpos de
Policía Local de Canarias.
b)
Propuesta de CC.OO., a petición de la Consejería
de Presidencia y Justicia, de modificación de la Orden de 3 de abril de
2003, en la que se establecen los contenidos mínimos para la
homogeneización de los signos externos de identificación de las
Policías Locales de Canarias.
Punto 2º. El Sr. Consejero informó sobre la Orden en la que se modifica:
1.
La uniformidad de los motoristas: las gorras, el
Anorak, los guantes, las botas y los pantalones, a los que se dotan de más
reflectantes, mejores fibras para las caídas, etc., aumentando
así la seguridad y visibilidad a los mismos.
2.
Se crea la uniformidad de Gestantes, de la se
carecía hasta el día de hoy.
CC.OO.
propuso, entre otros, agregar los siguientes puntos:
Þ
Las
Unidades de Intervención así
como las Turísticas o de playa, carecen de ropa de
invierno/abrigo. Proponemos se diseñen para las de intervención
y que a las Turísticas se les designe como ropa de invierno el
suéter que portan en la actualidad, el pantalón de faena y el
calzado genérico y no el deportivo.
Þ
Con la finalidad de que los miembros de las
Unidades Turísticas pueden patrullar
con las manos libres se precisa se le añadan dos bolsillos, en los
laterales del pantalón, con las dimensiones necesarias para que puedan
portar los boletines y el resto del material durante el servicio, así
como algún apéndice donde sujetar la emisora y donde colocar el
bolígrafo.
Punto 3º. Después de que
el Sr. Consejero informase sobre lo que se pretende con la Orden de referencia, la parte social vuelve a proponer
modificaciones y debido a la extensión de las propuestas invita a los
miembros de la
Comisión, a que las presentasen por escrito por lo
que CC.OO. presentó las siguientes:
ü Como quiera que la complejidad en la
selección de miembros de las Policías Locales es alta, y viene
dada por la pluralidad y cantidad de las pruebas a realizar por los
aspirantes, sugerimos que se introduzca en la Orden de referencia, que los Ayuntamientos deban dirigirse a los
Colegios Oficiales de
Psicología, de Educación Física, de Traductores/
Filología, etc., respectivos para que estos, atendiendo en todo
caso a la experiencia y conocimiento especifico de las pruebas a realizar, designen cuantos asesores necesite el
respectivo Ayuntamiento, debiéndose publicar en el BOP su nombramiento,
conjuntamente con los miembros del Tribunal, por si existiese causa de
recusación sobre algunos de ellos.
ü En cuanto a la revisión médica proponemos que estas se realicen
después de las fases de oposición y concurso y solo a los
aspirantes que hayan obtenido plaza, con la finalidad de agilizar las pruebas
y abaratar a su vez los costes y sugerimos que las realice el Servicio
Canario de Salud, para lo cual nombrará un Tribunal Médico,
compuesto por especialistas en la materia que nos ocupa, y su
composición se publicará en el BOP, por si existiese causa de
recusación sobre algunos de ellos.
ü
En cuanto a las pruebas físicas, entendemos que estas no deben ser
obligatorias para la promoción interna, sino voluntarias, puntuables y
contabilizadas una vez finalizada la fase de concurso y la de
oposición, teniendo en cuenta que la puntuación obtenida en
ellas, no sea determinante para el acceso a las plazas convocadas.
El Decreto
178/2006, de 5 de diciembre, establece la “obligatoriedad” de
pasar las pruebas físicas, para el acceso a los empleos de Oficial,
Subinspector e Inspector, es decir, para la promoción interna,
así como el
carácter de “eliminatorias” de las mismas. Sin embargo el
acceso a la escala Superior carece de ese requisito.
Proponemos
que las pruebas físicas, en la promoción interna, tiendan a
asimilarse a las de la escala superior y desaparezcan cuando se modifique el
Decreto de referencia.
Que,
transitoriamente, se establezca un sistema mediante el cual, de no existir
otra fórmula, se realicen obligatoriamente las pruebas, pero que
puntúen a partir del 50% de los resultados exigidos a los aspirantes
de nuevo ingreso y que su porcentaje, en la nota final, no supere el 5.5% de
la fase de oposición. Quedarían excluidos los aspirantes que no
superasen el 25% de los resultados exigidos a los aspirantes de nuevo
ingreso, cumpliendo así lo establecido en el Decreto 178/2006, de 5 de
diciembre.
ü
Pruebas
psicotécnicas. Con bastante frecuencia nos llega
información sobre opositores a Policía Local, que
después de obtener la calificación de no apto, en las pruebas
psicotécnicas, en uno o varios municipios, logran obtener la de apto
en otro municipio, todo ello en plazos relativamente cortos, en ocasiones de
pocos meses.
Este tipo
de pruebas se asemejan al juego de la lotería y no parece congruente
que cada Municipio establezca su perfil específico de Policía
Local.
En la
última sesión de la Comisión de Coordinación, la
parte social propuso la creación de una Sección/Departamento de
apoyo psicotécnico o similar, en la Academia Canaria
de Seguridad, que sea el que emita el “Certificado
de Aptitud Psicotécnico” y que sea este el único válido
en Canarias para todos los opositores a Policía Local.
El
Certificado podría tener una validez de un año, después del
cual, de no haber hecho uso del mismo habría que pasar de nuevo las
pruebas.
De igual
forma, de obtener la calificación de “No Apto”,
habría que esperar un año para volver a solicitar de nuevo la
obtención del mentado certificado.
ü
Puntuación. En la Orden que nos ocupa, a
diferencia de la fase de Concurso, no se trata en ninguno de sus apartados la
forma en que se han de puntuar las diferentes fases de la oposición.
Proponemos
un modelo para su estudio:
Partiendo
de lo establecido en el Decreto, la fase de Concurso no puede superar el 45%
de la puntuación total, por lo que la de Oposición
podría quedar en el 55%.
Propuesta
de puntuación de la fase de Oposición:
Conocimientos……………….70% del 55%: (38.5 puntos de 100)
Pruebas
físicas……………….15% “ “ : (8.25 “
“
“ )
Idiomas…...………………….15% “ “ : (8.25 “
“
“ )
A partir de
este punto se proponen una serie de modificaciones de los diferentes
temarios, así como de las pruebas físicas y médicas, que
debido a su extensión omitiremos en el presente informe. (No me cabe
duda de que en breve estarán colgadas en www.policiacanaria.com)
Punto 4º. El Sr. Consejero
informó sobre varias cuestiones:
a) Segunda Actividad, sin destino.
Manifestó que en mes y medio (segunda quincena
de abril) la
Consejería de Presidencia, Justicia y Seguridad,
estará en disposición de dotar a los Ayuntamientos que lo
requieran y cumplan con lo estipulado al respecto, de las cantidades
económicas que conlleva el cumplimiento de lo dispuesto en la nueva
redacción dada al artículo 33 de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de
Coordinación de las Policías Locales de Canarias.
De
esta forma podrán, (YA ERA HORA) los compañeros que hayan
cumplido los 33 años de edad, decidir si desean continuar prestando servicio
en activo o retirarse y dejar su plaza libre.
Los
Ayuntamientos deberán cubrir las plazas vacantes motivadas por el paso
de los policías a la segunda actividad sin destino.
b)
Curso
Dispensa
Puso de manifiesto el Sr. Ruano que están muy
avanzados los estudios al respecto por la Dirección
de la Academia Canaria
de Seguridad y que, también en mes y medio, aproximadamente,
comenzarán los cursos.
c)
Reclasificación.
Los trienios, a partir del mes de abril de 2007
serán remunerados con el valor del nuevo grupo al se haya
reclasificado a los policías o mandos. El coste del valor
añadido será compensado por el Gobierno Autónomo a los
respectivos Ayuntamientos. Manifestó el Sr. Consejero que
aproximadamente en un mes habrá solución para ello. En un
primer borrador se estudia la posibilidad de abonarlos cada mes de enero a
los Ayuntamientos afectados.
Punto 5º. CC.OO. presentó las
siguientes sugerencias y preguntas:
·
Creación de un Reglamento Marco de Régimen Interno, adaptado a las Normas
Marco, en el que se establezcan unos mínimos comunes a todos los
Ayuntamientos.
·
Redacción urgente de un Reglamento Marco de Segunda Actividad
al que habrán de adaptarse los que elaboren por los Ayuntamientos.
· Elaboración
de un “Reglamento de
Retribuciones Mínimas” para los policías locales de Canarias.
·
Se solicitó al Sr. Consejero listado de
los Ayuntamientos que incumplen alguna de las normas dictadas por el Gobierno
Autónomo, sobre Policías Locales.
·
Solicitar que por
parte de la D.G.T.
en Madrid y de las dos Jefaturas Provinciales, se envíen a la D.G.S. las instrucciones y/o
circulares que suelen editar estas, al objeto de clarificar aspectos de
legislación, tal y como habitualmente realizan con la guardia civil de
trafico o como la propia
dirección general con las
jefaturas provinciales a tenor de lo establecido en el R.D.L. 339/1990, por el que se aprueba el
texto articulado de la Ley
sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y
seguridad vial.
·
Solicitar a
la
Secretaría del Estado para la Seguridad, que remitan
a la D.G.S. del
Gobierno de Canarias, todas aquellas instrucciones, relativas a la seguridad
ciudadana, que emita su departamento, al igual que al Fiscal General del Estado,
que inste a su Tte. fiscal en Canarias para que cuando emitan circulares destinadas
a las F. y C. de Seguridad, se las remitan a la D.G.S. de Canarias, para
que esta dirección a la
vez, se la remita a todas las Policías Locales de Canarias, para su
general conocimiento.
·
Que las
instrucciones que emanen de la Comisión
Nacional de Policía Judicial, en cuanto a la elaboración
de atestados y diligencias policiales, sean remitidas a la D.G.S. del Gobierno de Canarias.
·
Que se
inste al Fiscal General de Estado para que cuando se remitan circulares o
instrucciones a las F. y C. de Seguridad
del Estado, se remita igualmente a la
D.G.S, como las anteriores, para que esta, a su vez se las
comunique a las 87 jefaturas de policía local de canaria.
·
Adaptar toda la Normativa Básica
de Policías Locales Canarias a lo dispuesto en el Estatuto Básico
del Empleado Público, si bien esta adaptación se debe realizar
de acuerdo en la Mesa General
de la Función
Pública Canaria, que también debe adaptar la Ley de Función
Pública Canaria, a lo que manifestó el Sr. Consejero que se
está trabajando en una nueva Ley de la Función Pública
Canaria, adatada al EBEP.
·
Instar a todos los Aytos. para que doten del equipamiento
básico señalado en el artículo 3 de la ORDEN de 16 de febrero de
2001, por la que se establece la estandarización de los medios
técnicos y defensivos de los efectivos de las Policías Locales
de Canarias. a todos los agentes de nueva incorporación y en caso
contrario que se penalice a los Aytos. en la línea de subvenciones que
concede el gobierno.
·
Los actos de 4 de julio del
pasado año se pospusieron y finalmente se suspendieron. Se
preguntó si el de este año que se va a realizar, a lo que manifestó
el Sr. Consejero que efectivamente se celebrará y de hecho ya se
trabaja en ello, para lo que espera colaboración de los miembros de la
comisión.
·
Las memorias de las Policías
Locales de los años 2006 y 2007 no se han publicado. Manifestó
el Sr. Consejero que debido al retraso en la recepción de los datos de
los Aytos. no se han publicado pero que este año se publicarán
ambas, las del año pasado y las del actual.
·
Sugerimos se asesore a los Aytos.
para la firma de los convenios de policía judicial y que el Gobierno
estudie el proyecto de RD. de creación de las Juntas Locales de Seguridad.
·
Por último se
solicitó al Sr. Consejero que se amplíe la línea X-25 a las requisitorias,
tanto de vehículos como de personas.
El Sr. Consejero
manifestó que estudiará todas las solicitudes y en una
próxima Comisión informará al respecto.
Las
Palmas de Gran Canaria, a 03 de marzo de 2008
Fdo.: El
Coordinador Autonómico
(Matías
Delgado Tejera)
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